A- de 2015
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Ledys Del Socorro Suarez Barragan Y Otros Vs Sala Primera De Revision De La Corte Constitucional ( T-946/11)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Función de dirimir conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
- Conocimiento por el órgano de cierre de la especialidad escogida por el demandante
- Normas que determinan la competencia
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
- Reiteración Auto 124/09
- Criterio funcional
- Finaliza cualquier debate impidiendo el trámite de nueva acción contra decisión de tutela proferida
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Valledupar y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Luego de reiterar las normas que determinan la competencia en materia de tutela, la Sala se pronuncia sobre la competencia para conocer de acciones de tutela contra la Corte Constitucional.
Frente a este particular, se recuerdan las directrices consignadas en el Auto 077/15, en el cual fijó una regla intermedia para el reparto de las acciones de tutela interpuestas en contra de los fallos de esta Corporación, la cual estableció; que sólo sean conocidas por el órgano de cierre de la especialidad escogida por el demandante.
Es decir, que estas acciones proceden y deben ser repartidas a una de las Altas Cortes.
Se resuelve el conflicto, ordenando la remisión del expediente a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que sin más demoras profiera la decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS la decisión adoptada inicialmente por la Sala Plena de la Corte Constitucional en el incidente ICC-2113 el día 11 de marzo de 2015, que remitía al Tribunal Superior de Valledupar, la acción de tutela instaurada por Ledys del Socorro Suárez Barragán, Lorena Rosiris Mercado Suarez y otros, contra la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el 19 de enero de 2015, mediante el cual decidió no avocar el conocimiento de la presente acción de tutela y provocó conflicto negativo de competencia, remitiendo el expediente de esta tutela a la Corte Constitucion11al para lo de su competencia.
- Tercero. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Ledys del Socorro Suárez Barragán, Lorena Rosiris Mercado Suarez y otros, contra la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que sin más demoras profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
- Cuarto. INFORMAR de esta decisión a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, acerca de lo aquí resuelto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.